Tasa ocupación el dominio público

IMPLANTACIÓN DE TASAS POR OCUPACIÓN DEL DOMINIO PUBLICO

El aprovechamiento de los montes públicos municipales NO debe ser gratuito como hasta ahora

Ventajas para el Ayuntamiento
 
  • Posibilidad de establecer una recaudación importante por el aprovechamiento de sus montes.
  • Los nuevos ingresos se recaudan por periodos anuales, estableciéndose por tanto una recaudación estable para años sucesivos. 
  •  Apoyo técnico experto con garantías de haber obtenido resultados reales en muchos municipios.
  • Soporte integral, técnico y jurídico, durante todo el proceso. 
Desde hace mucho tiempo las grandes infraestructuras eléctricas, de gas y similares vienen aprovechando espacios comunales de dominio público de forma completamente gratuita. Por dificultades legales, por desconocimiento o por incapacidad de los municipios, estos aprovechamientos no están siendo retribuidos

La utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local puede constituir una fuente de ingresos justa y razonable para los ayuntamientos.  Para ello es necesario implantar una tasa por esos conceptos mediante la oportuna Ordenanza Municipal, donde se establezcan las tarifas, cuantificadas de forma legal y  reglamentaria. 

Este tipo de tasas han venido teniendo mucha conflictividad judicial durante su implantación, disputas que aún perduran, aunque últimamente las resoluciones judiciales vienen siendo, casi  unánimemente,  favorables a los Ayuntamientos

Proporcionamos a los municipios asesoramiento completo para implantación de las tasas, colaborando en la redacción de ordenanzas, estudios técnicos e informes de todo tipo necesarios.

Asesoramos durante todo el proceso de forma global , tanto técnica como jurídicamente, hasta la efectiva implantación de las tasas.  
La aprobación de ordenanzas fiscales requiere de estudios técnico-económicos de cierta complejidad

¿Necesita ayuda? 


Preguntas frecuentes
  • ¿Cual es la razón de esta tasa?

    Se trata de una recaudación por la ocupacion del dominio publico local para uso privado, provisto en el articulo 24.1 de la Ley Reguladora de Hacienda Publica

  • ¿Quién debe pagar esta tasa?

    La tasa por ocupacion del dominio publico municipal deben ser pagadas por todas aquellas empresas que se aprovechan o utilizan del mismo, sean del tipo que sean

  • ¿Que deben hacer los Ayuntamientos?

    Para poder recaudar por el uso privado de sus dominios (montes, etc) los Ayuntamientos deben aprobar una ordenenza fiscal, que debe de estar respaldada por estudios tecnicos y economicos adecuados. Dichos estudios revisten cierta dificultad y es conveniente un asesoramiento experto para que puedan tener un resultado favorable

  • ¿Es problemática esta tasa?

    Ha habido y sigue habiendo conflictividad. Las empresas recurren judicialmente las ordenanazas y liquidaciones municipales. Sin embargo en los ultimos tres años las resoluciones judiciales vienen dando la razon a los Ayuntamietos de forma casi unanime, siempre que el procedimiento sea el adecuado

  • ¿Que puede hacer Enertecnia por su Ayuntamiento?

    Enertecnia le ofrece un asesoramiento completo y experto en la materia, encargandose de la redaccion de ordenanzas, estudios, informes y mediciones, e incluso defensa juridica en su caso


  • ¿Cual es el coste de los servicios?

    Es necesario un analisis pormenorizado en cada caso, pero, en general, la retribucion de Enertecnia se basará principalmente en un procentaje de los ingresos obtenidos.


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